Requisitos:

Para ser titular de la Comisión de Búsqueda de la Ciudad de México se requiere:
- Ser ciudadana o ciudadano mexicano;
- No haber sido condenado por la comisión de un delito doloso o inhabilitado como servidor público;
- Contar con título y cédula profesional;
- No haber desempeñado cargo de dirigente nacional o local en algún partido político dentro de los tres años previos a su nombramiento, ni haber sido candidata o candidato a un cargo de elección popular durante el proceso electoral inmediato al año de la designación;
- Haberse desempeñado destacadamente en actividades profesionales, de servicio público, en la sociedad civil o académicas, relacionadas con la materia de este decreto, por lo menos en los cinco años previos a su nombramiento;
- Contar con conocimientos y experiencia en derechos humanos, búsqueda de personas y, preferentemente, con conocimientos en ciencias forenses o investigación criminal.

Consulta Pública:

Para el nombramiento de la persona titular de la Comisión de Búsqueda, la Secretaría de Gobierno realizará una consulta pública que deberá observar, como mínimo, las siguientes bases:
I. Generar un mecanismo a través del cual la sociedad civil presente candidatas y candidatos;
II. Publicar toda la información disponible sobre el perfil de las y los candidatos registrados, y
III. Hacer público el nombramiento de la persona titular de la Comisión de Búsqueda, acompañado de una exposición fundada y motivada sobre la idoneidad del perfil elegido.

Convocatoria:

Convocatoria para la elección de la persona titular de la Comisión de Búsqueda de Personas de la Ciudad de México.

Prórroga a la Consulta Pública:

Aviso por el que se prorroga la Consulta Pública para el nombramiento de la Persona titular de la Comisión de Búsqueda de Personas de la Ciudad de México

Bases para realizar la consulta pública para el nombramiento de la persona titular de la comisión de Búsqueda de personas de la Ciudad de México:


PRIMERA

La consulta pública para el nombramiento de la persona titular de la Comisión de Búsqueda de Personas de la Ciudad de México está dirigida a colectivos de víctimas, personas expertas, así como organizaciones de la sociedad civil especializadas en materia de desaparición forzada de personas, desaparición cometida por particulares y búsqueda de personas.

SEGUNDA

La persona propuesta para ocupar el cargo de titular de la Comisión de Búsqueda de Personas de la Ciudad de México, deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 4 del Decreto por el que se crea la Comisión de Búsqueda de Personas de la Ciudad de México.

TERCERA

Las personas que quieran proponer candidatos o candidatas deberán proporcionar en original y copia simple la siguiente documentación para su cotejo:

A. Colectivos de Víctimas
- Nombre del colectivo;
- Documentos, fotografías o reconocimientos que lo acrediten como colectivo de víctimas, y
- Copia de la identificación oficial de la persona representante.

B. Personas expertas
- Currículum vitae y/o reconocimientos que acrediten su calidad de persona experta nacional o internacional en materia de derechos humanos, desaparición y búsqueda de personas;
- Copia de la identificación oficial.

C. Organizaciones de la Sociedad Civil
- Acta constitutiva de la organización;
- Documento vigente que acredite la personalidad del representante o los representantes de la organización;
- Identificación oficial vigente del representante o los representantes de la organización (credencial de elector, pasaporte vigente, cédula profesional o licencia de conducir vigente);
- Cédula de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de la organización de la sociedad civil, y
- Comprobante de domicilio legal de la organización de la sociedad civil, en la Ciudad de México.
- Comprobante de inscripción ante el Registro de Organizaciones Civiles de la Ciudad de México (ROC).

CUARTA

Las propuestas de candidatos o candidatas a ocupar la titularidad de la Comisión de Búsqueda de Personas la Ciudad de México, además de presentar la documentación solicitada, deberán enviarse en el formato adjunto a la presente convocatoria (o disponible en https://www.secgob.cdmx.gob.mx/comisiondebusqueda)

QUINTA


La entrega de propuestas deberá hacerse a más tardar el 29 de mayo de 2019 en las oficinas de la Dirección General de Planeación y Desarrollo Institucional de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México, ubicadas en Plaza de la Constitución #1, Colonia Centro (Área 1), Código postal 06000, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, piso 1, teléfono 55103280 y 5345800 ext. 8126, en un horario de las 9:00 a 18:00 horas.
Concluido el plazo, se publicarán en la página https://www.secgob.cdmx.gob.mx/comisiondebusqueda los nombres de las personas propuestas, quienes serán requeridas para que, en las 48 horas siguientes presenten en el domicilio de la misma Dirección General de Planeación y Desarrollo Institucional la siguiente documentación:

1. Copia certificada del acta de nacimiento de la persona propuesta;

2. Original y copia simple de identificación oficial vigente;

3. Original y copia simple del título profesional o cédula profesional que acredite el nivel licenciatura;

4. Currículum vitae con firma autógrafa del cual se adviertan conocimientos y experiencia en derechos humanos y úsqueda de personas, así como en ciencias forenses o investigación criminal, adjuntando copia simple de los documentos que lo acrediten;

5. Propuesta de plan de trabajo por escrito y su exposición en un video con duración máxima de 5 minutos;

6. Declaración bajo protesta de decir verdad con firma autógrafa que manifieste:
A. Que la persona propuesta no haya sido condenada por la comisión de un delito doloso.

B. Que no está inhabilitada para ejercer cargos públicos en cualquier institución pública federal o local;

C. Que no ha desempeñado cargo de dirigente nacional o estatal en algún partido político dentro de los tres años previos, ni fue candidata o candidato a un cargo de elección popular durante el proceso electoral de 2018;

D. Que tiene una trayectoria probada y destacada en actividades profesionales, de servicio público, en la sociedad civil o académicas, en temas de derechos humanos, desaparición forzada de personas, desaparición cometida por particulares y búsqueda de personas, por lo menos en los cinco años previos a su nombramiento;

E. Que toda la información y documentación que ha proporcionado o llegue a proporcionar es veraz y auténtica, y

7. Escrito a través del cual la persona propuesta otorgue el consentimiento expreso para la publicación de toda la información disponible sobre su perfil y que sus datos personales sean utilizados para los fines de la consulta pública para el nombramiento de la persona titular de la Comisión de Búsqueda de Personas de la Ciudad de México.

Las propuestas de las personas que cumplan con los requisitos previstos en las presentes bases serán publicadas en https://www.secgob.cdmx.gob.mx/comisiondebusqueda para efectos de lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto por el que se crea la Comisión de Búsqueda de Personas de la Ciudad de México.

Se realizará una entrevista personal a las y los candidatos con preguntas de interés de los colectivos de víctimas y familiares. Las entrevistas estarán disponibles en https://www.secgob.cdmx.gob.mx/comisiondebusqueda previamente a la designación final.

El nombramiento de la persona titular de la Comisión de Búsqueda de la Ciudad de México, se hará de conocimiento público con una exposición fundada y motivada sobre la idoneidad del perfil elegido.

SEXTA


Todas las notificaciones se harán mediante el correo electrónico registrado en la solicitud inicial. La información sobre el perfil de las y los candidatos registrados en la consulta pública estará disponible para su revisión a través de la página referida en la base anterior, además se recibirán opiniones y observaciones durante el proceso de selección en el correo electrónico consultacbp@secgob.cdmx.gob.mx

SEPTIMA


La interpretación de las presentes bases, así como la resolución de lo no previsto en ellas corresponde a la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México, cuyas determinaciones serán definitivas e inapelables.

Los datos personales recabados en el marco de las presentes bases serán protegidos en términos de la legislación en materia de transparencia, protección de datos personales y acceso a la información pública.

Ciudad de México, 20 de mayo de 2019.


Formatos para presentación de candidaturas/
cumentos requeridos a proponentes


Colectivos de víctimas

DOCUMENTOS REQUERIDOS:

1. Nombre del colectivo.

2. Documentos, fotografías o reconocimientos que lo acrediten como colectivo de víctimas.

3. Copia de la identificación oficial de la persona representante.

Formato de Carta Propuesta de Colectivos de víctimas



Organizaciones de la Sociedad Civil


DOCUMENTOS REQUERIDOS:

1. Acta constitutiva de la organización.

2. Documento vigente que acredite la personalidad del representante o los representantes de la organización.

3. Identificación oficial vigente del representante o los representantes de la organización (credencial para votar, pasaporte vigente, cédula profesional o licencia de conducir vigente).

4. Cédula de Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de la organización de la organización de la sociedad civil.

5. Comprobante de domicilio legal de la organización de la sociedad civil.

Formato de Carta Propuesta de OSC



Personas expertas


DOCUMENTOS REQUERIDOS:
1. Currículum vitae y/o reconocimientos que acredite la calidad de persona experta nacional o internacional en materia de derechos humanos, desaparición y búsqueda de personas.

2. Copia de la identificación oficial.

Formato de Carta Propuesta de Personas Expertas

Principales fases del proceso de selección de la persona titular de la Comisión de Búsqueda de la Ciudad de México

  • 1

    Publicación de Convocatoria

  • 2

    Envío de propuesta por parte de Colectivos de Víctimas, organizaciones de la sociedad civil y expertos.

  • 3

    Publicación de listado de personas que cumplen los requisitos

  • 4

    Entrevistas

  • 5

    Presentación de terna a la Jefa de Gobierno.

  • 6

    Elección y Designación de la persona titular por la Jefa de Gobierno.